3.2 Permuta

La permuta es un contrato translativo de dominio en el cual las partes se obligan mutuamente a dar una cosa por otra. Es similar a la compraventa, pero en lugar de intercambiar una cosa por dinero, se intercambian bienes o derechos.


Características principales:


  1. Bilateral: Ambas partes tienen obligaciones recíprocas.
  2. Oneroso: Ambas partes se benefician del intercambio.
  3. Conmutativo: Las prestaciones de ambas partes son ciertas desde el momento de la celebración del contrato.
  4. Traslativo de dominio: Transfiere la propiedad de una cosa o derecho.


Preguntas de examen



Pregunta: ¿En qué se diferencia principalmente la permuta de la compraventa?

a) En la permuta no hay intercambio.

b) En la permuta se intercambian bienes o derechos, no dinero.

c) La permuta es un contrato unilateral.

d) La permuta no es un contrato traslativo de dominio.


Respuesta: b


Pregunta: Si en una permuta, una de las cosas es de mayor valor que la otra, ¿qué se puede hacer para equilibrar el trato?

a) No se puede hacer nada.

b) Se puede complementar con un bien adicional.

c) Se puede complementar con una suma de dinero.

d) Se debe cancelar la permuta.


Respuesta: c


Pregunta: ¿Por qué alguien optaría por realizar una permuta en lugar de una compraventa?


Respuesta: Alguien podría optar por una permuta cuando ambas partes tienen bienes o derechos que son de interés mutuo y ven beneficioso el intercambio directo sin involucrar dinero. La permuta puede simplificar la transacción, evitar impuestos o tasas asociadas a la venta, o responder a necesidades específicas de las partes.


Ejemplo de caso práctico


Javier tiene un terreno en la playa, pero desea tener uno en la montaña. Por otro lado, Susana tiene un terreno en la montaña y desea tener uno en la playa. Ambos acuerdan hacer una permuta de sus terrenos. Firman un contrato de permuta en el que Javier se compromete a transferir la propiedad de su terreno en la playa a Susana, y Susana se compromete a transferir la propiedad de su terreno en la montaña a Javier. Una vez realizada la permuta, cada uno se convierte en el nuevo propietario del terreno del otro.