5.1 Depósito

El depósito es un contrato mediante el cual una de las partes (depositante) entrega una cosa a la otra (depositario) para que la guarde y la restituya en especie cuando le sea requerida.


Características principales:


  1. Unilateral: Principalmente, el depositario tiene la obligación de guardar y conservar el bien, y de devolverlo cuando se le solicite.
  2. Gratuito: Por naturaleza, el depósito es gratuito, aunque las partes pueden acordar una retribución.
  3. Real: Se perfecciona con la entrega de la cosa.
  4. Custodia: El depositario no tiene derecho a usar el bien, solo a guardarlo.

Preguntas de examen

Pregunta: ¿Qué tipo de bienes se pueden dar en depósito?

a) Solo servicios.

b) Bienes fungibles y no fungibles.

c) Solo bienes inmuebles.

d) Bienes que el depositario puede usar.


Respuesta: b


Pregunta: En un contrato de depósito, ¿cuál es la principal obligación del depositario?

a) Usar el bien depositado.

b) Vender el bien si no es reclamado.

c) Guardar y conservar el bien.

d) Transferir el bien a un tercero.


Respuesta: c


Ejemplo de caso práctico

Laura va a viajar al extranjero por seis meses y decide dejar su automóvil en casa de su amiga Sofía. Ambas firman un contrato de depósito, donde Sofía se compromete a guardar el automóvil en su garaje y no usarlo. A su regreso, Laura encuentra su automóvil en perfectas condiciones, tal como lo dejó. Sofía cumplió con su obligación de cuidar y conservar el bien sin hacer uso de él.